viernes, 21 de abril de 2017

Capítulos XIV, XV, XVI. FUNDAMENTOS DE LA LIBERTAD FRIEDRICH HAYEK

 Capítulos  XIV, XV, XVI.
FUNDAMENTOS DE LA LIBERTAD
FRIEDRICH HAYEK
Elaborado por: Carlos Rafael Martínez Ríos
Quetzaltenango, 21 de abril de 2017

La conceptualización del impero de la ley con la que empiezan estos capítulos está estrechamente ligada a la referencia de los anteriores en cuanto al Estado de derecho como un estado con irrestricto apego a la ley, sin embargo  no hay que confundir respeto y apego a la ley con la mera legalidad, pues la ley debe ser el resultado de un análisis basado en la libertad de acción y no en la coacción a la misma.

De igual forma se hace una importante entrada a lo que más adelante se desarrolla en cuanto a la función de la ley, pues se promulga que si bien es cierto se puede tener una diversidad de leyes también lo es que ellas deben ir dirigidas a la parte organizativa o de funcionalidad del Estado, es decir, instrucciones dirigidas a los funcionarios que les ayuden a regir el gobierno; dejando un mínimo de leyes generales dirigidas a la sociedad en general.  De esta forma se puede diferenciar claramente la espera privada de la esfera pública.

Nuevamente se promulga el commun law al manifestar que los principios generales deben estar implícitos en la ley y que son los tribunales los encargados de descubrir la soluciones a partir del razonamiento legal; anteriormente he manifestado la dificultad del llamado commun law en una sociedad, pues si bien es cierto contribuye a la disminución de leyes positivas también lo es que crea un disperso criterio en la aplicación de la ley que con el tiempo se hace tan extenso como las leyes positivas que se pretenden disminuir.

Adelante se habla de la discrecionalidad administrativa, sin embargo, por esa misma discrecionalidad creo que representa un peligro dejar en manos del juez crear criterios con la excusa de buscar el espíritu de la norma. De por sí ya es difícil tener un sistema positivista en la que existe un abuso en el número de leyes y en el que se sujetan las personas al criterio de los jueces como para dejar por un lado las leyes y dejar en las manos de ellos la absoluta discrecionalidad de decidir.

En capítulos anteriores se habló de la generalidad de la ley, Hayek recalca la importancia que la ley deba ser mínima, conocida y general. Con lo que estoy de acuerdo. El sinnúmero de leyes especiales atentan contra el principio de igualdad ante la ley, se pretende por el Estado contrarrestar efectos sociales con normas jurídicas cuando es la norma la que debería depender de las realidades sociales. Derivado del orden espontaneo y de la cooperación entre individuos las normas deberían ser creadas o derogadas no pretender intervenir y controlar la sociedad por la vía de la norma.

En suma, un Estado de derecho debe ser aquel en el que el imperio de la ley sea la regla, pero la ley debe tener las características de generalidad, conocimiento y abstracción, a partir de allí se pueden determinar las garantías en su aplicación y la adecuada separación de los poderes del Estado.

Por otra parte al hablar de libre mercado, Hayek creo que toma caminos un tanto discutibles, pues si su pensamiento es la libertad no se puede centrar solamente en la libertad a favor de los dueños de los medios de producción (sin querer caer con esto al discurso marxista que dicho sea de paso contiene más inconsistencias)
La cuestión acá es que por un lado se propone un Estado en el cual la libertad sea tal que el gobierno debe dedicarse en un mínimo solamente a proveer elementos esenciales como seguridad por ejemplo, sin embargo resulta  contradictorio que solo porque no se generen ganancias ciertos servicios no puedan pasar a manos privadas, por ejemplo los concernientes a limpieza e higiene. Por supuesto cada quien es hijo de su época y obviamente Hayek no vivió la reciente etapa en la que incluso la basura puede constituir un negocio, de lo contrario su pensamiento sobre estos aspectos obviamente hubiera cambiado.
Continua desarrollando lo que creo es una interesante base del pensamiento de la escuela austriaca de economía y es el hecho que la sociedad es el producto de las acciones individuales por lo tanto la ley debe ir encaminada no a la sociedad sino al desarrollo de la libertad de  los individuos, de tal forma que la libertad de la colectividad no ocupe el primer puesto en relación a la libertad del individuo.



No hay comentarios:

Publicar un comentario